Registro de videojuegos
Es un trámite que deberá realizarse ante la Subsecretaría de Programas Delegacionales y Reordenamiento de la Vía Pública dependiente de la Secretaría de Gobierno las personas físicas o morales para la obtención del Registro de Videojuegos que pretendan poner en operación los Establecimientos Mercantiles.
A partir de la publicación del Acuerdo por el cual se delegan en la titular de la Dirección General de Programas Delegacionales y Reordenamiento de la Vía Pública, actualmente Subsecretaria de Programas Delegacionales y Reordenamiento de la Vía Pública, las facultades relativas a la organización y funcionamiento del registro de Videojuegos para la Ciudad de México a que se refiere el artículo 45 de la Ley de Establecimientos Mercantiles de la Ciudad de México publicado en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México del 20 de Enero de 2011 y el Reglamento para la Operación de Videojuegos.