CONVOCATORIA DERIVADA DEL PROGRAMA SOCIAL “DEFENSORAS Y DEFENSORES DEL ESPACIO PÚBLICO 2025
SECRETARÍA DE GOBIERNO
LIC. CESAR ARNULFO CRAVIOTO ROMERO, SECRETARIO DE GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MÉXICO, con fundamento en los artículos 1, 2, 3, 12, 13, apartado C, D y E; 16, apartado G, numerales 1, 3, 4, 18 apartado B, numerales 1 y 2 de la Constitución Política de la Ciudad de México, 16 fracción I, 20, fracciones III, VI, VII, VIII y IX y 26 fracción XXXII, XXXVII, y demás relativas y aplicables de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México; 48, 50, 51, 53, 54, 56 de la Ley del Derecho al Bienestar e Igualdad Social para la Ciudad de México; 1, 5, 30 de Ley de Ingresos de la Ciudad de México para el Ejercicio fiscal 2025; 1, 4, y 5 del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Ciudad de México para el ejercicio fiscal 2025; 50, 51, 129 de la Ley de Austeridad, Transparencia en Remuneraciones, Prestaciones y Ejercicio de Recursos de la Ciudad de México y numeral 8.1 de las Reglas de Operación del Programa Social “DEFENSORAS Y DEFENSORES DEL ESPACIO PÚBLICO 2025”, tengo bien a emitir:
AVISO POR EL CUAL SE DA A CONOCER LA CONVOCATORIA DERIVADA DEL PROGRAMA SOCIAL “DEFENSORAS Y DEFENSORES DEL ESPACIO PÚBLICO 2025”
La Secretaria de Gobierno (SECGOB):
C O N V O C A
A las y los residentes de la Ciudad de México, interesados en participar en la recuperación de espacios públicos, mejoramiento de la imagen urbana, calidad de vida y la movilidad de los habitantes de los perímetros A y B del Centro Histórico; se les invita a participar como aspirantes a personas facilitadoras de servicios del programa “DEFENSORAS Y DEFENSORES DEL ESPACIO PÚBLICO 2025”.
B A S E S
PROGRAMACIÓN PRESUPUESTAL.
El presupuesto autorizado para el ejercicio fiscal 2025 es de: $3,680,000.00 (tres millones seiscientos ochenta mil pesos 00/100 M.N.).
El Monto por persona beneficiaria facilitadora de servicios se desglosa de la siguiente manera:
-Hasta 20 personas beneficiarias facilitadoras de servicios de la categoría de Coordinadora y Coordinador de Brigada, recibirán un monto de $24,000 (veinticuatro mil pesos 00/100 M.N.) que será cubierto en los meses de noviembre y diciembre, repartido en tres ministraciones de $8,000 (ocho mil pesos 00/100 M.N.), siendo las personas beneficiarias facilitadoras de servicios que se encuentren activamente apoyando en las acciones relativas a lo que se establece en las reglas de operación.
-Hasta 200 personas beneficiarias facilitadoras de servicios de la categoría de Defensoras y Defensores, recibirán un monto de $16,000 (dieciséis mil pesos 00/100 M.N.) que será cubierto en los meses de noviembre y diciembre, repartido en tres ministraciones de $5,333.00 (cinco mil trescientos treinta y tres pesos 00/100 M.N.), siendo las personas beneficiarias facilitadoras de servicios que se encuentren activamente apoyando en las acciones relativas a lo que se establece en las reglas de operación.
REQUISITOS DE ACCESO
Para ser persona beneficiaria (Coordinadora, Coordinador, Defensora o defensor) se deberá cumplir con los siguientes requisitos:
- Tener 18 años o más.
- Residir en la Ciudad de México preferentemente.
- Acreditar estudios por lo menos de nivel secundaria.
- Presentar la documentación requerida de forma personal y directa.
- Presentar solicitud de registro.
- Disponibilidad de horario, incluso fines de semana y días festivos.
- Tener disposición de realizar actividades relacionadas con las acciones encomendadas.
- Tener experiencia en trabajo comunitario, territorial e intervención urbana, así como conocimientos del espacio público, y habilidades de diálogo, promoción, comunicación y desarrollo comunitario, educación popular, manejo de programas sociales, mediación, concertación social y facilidad de trabajo en equipo.
- No podrán ser personas facilitadoras de servicios, aquellas que pertenezcan a otro programa social análogo del Gobierno de la Ciudad de México, ni aquellas personas trabajadoras en activo del servicio público.
DE LOS DOCUMENTOS PROBATORIOS REQUERIDOS
Las personas interesadas en ingresar al programa social “DEFENSORAS Y DEFENSORES DEL ESPACIO PÚBLICO 2025”, como personas beneficiarias facilitadoras de servicios, deberán presentar los siguientes documentos:
1.- Identificación oficial vigente con fotografía (credencial para votar, expedida por el IFE o INE vigente, Cédula Profesional, Pasaporte o Cartilla de Servicio Militar).
2.- Cédula de la Clave Única del Registro Poblacional (CURP) de la persona solicitante, en caso de que no sea visible en la identificación oficial.
3. Comprobante de domicilio con una antigüedad no mayor a tres meses a la fecha de presentación (recibo de luz, agua, predial, teléfono fijo y/o internet), en caso de que no sea visible en la identificación oficial.
Se deberá presentar copia y original para cotejo.
DEL PROCEDIMIENTO DE REGISTRO
Las personas interesadas en ser beneficiarias facilitadoras de servicios, deberán presentar los documentos probatorios requeridos y realizar la aplicación de los instrumentos que se les indique para la evaluación del perfil conforme a lo siguiente:
Se realizará un registro presencial de solicitantes para la recepción de documentos el 29 de noviembre de 2025 en Diagonal 20 de noviembre 294, piso 2, Colonia Obrera, Alcaldía Cuauhtémoc C.P. 06800 en un horario de 10:00 a 15:00 horas.
Toda la documentación a presentar para el cumplimiento de los requisitos del programa social, se encuentra dentro de la presente convocatoria, misma que también se difundirá en la página oficial de la Secretaría de Gobierno la Ciudad de México.
Las personas aspirantes a beneficiarias facilitadoras de servicios serán seleccionadas sin distinción de condición social, seхо, género, edad, en congruencia con las políticas de equidad de género y en estricto apego a los derechos humanos procurando que la selección corresponda o se aproxime a un 50% de mujeres y un 50% de hombres.
Una vez realizado el análisis documental, se definirá a los participantes que pasarán a las rondas de entrevistas.
Una vez realizadas las rondas de entrevistas, serán seleccionadas aquellas personas que cumplan con los requisitos señalados en las Reglas de Operación del Programa Social “DEFENSORAS Y DEFENSORES DEL ESPACIO PÚBLICO 2025” y en esta convocatoria.
Los participantes que sean seleccionados como personas facilitadoras de servicios, beneficiarias del Programa Social “DEFENSORAS Y DEFENSORES DEL ESPACIO PÚBLICO 2025”, como etapa final de registro, deberán llenar.
* Cédula de incorporación al programa social “DEFENSORAS Y DEFENSORES DEL ESPACIO PÚBLICO 2025”
Una vez que las personas solicitantes sean incorporadas al programa social “DEFENSORAS Y DEFENSORES DEL ESPACIO PÚBLICO 2025”, formarán parte de un Padrón de personas Beneficiarias que, conforme a lo establecido por la Ley del Derecho al Bienestar e Igualdad Social para la Ciudad de México, será de carácter público, siendo reservados sus datos personales de acuerdo a la Ley de protección de Datos Personales en posesión de Sujetos Obligados de la Ciudad de México, los cuales en ningún caso podrán emplearse para propósitos de proselitismo político, religioso o comercial, ni para ningún otro fin distinto al establecido en las presentes Reglas de Operación.
El padrón de las personas beneficiarias facilitadoras de servicios que fueron aceptadas o no, se publicará en la página oficial de la Secretaría de Gobierno https://secgob.cdmx.gob.mx/.
Las personas que no hayan resultado seleccionadas para el inicio de la operación del Programa Social “DEFENSORAS Y DEFENSORES DEL ESPACIO PÚBLICO 2025” y habiendo cumplido con los requisitos y entregado la documentación completa requerida, formarán parte de una lista de personas para sustituir a personas beneficiarias, en términos de lo establecido por las Reglas de Operación del Programa Social “DEFENSORAS Y DEFENSORES DEL ESPACIO PÚBLICO 2025”. La Subsecretaría de Programas de Alcaldías y Reordenamiento de la Vía Pública, establecerá los requisitos que deban cubrirse para estos casos extraordinarios.
El acceso a este servicio es totalmente gratuito y no tiene ningún tipo de condicionamiento.
Todos los datos personales incluidos en todos los documentos de registro de las y los participantes durante el desarrollo del Programa Social “DEFENSORAS Y DEFENSORES DEL ESPACIO PÚBLICO 2025”, serán tratados y protegidos de conformidad con lo establecido en la normatividad aplicable en la materia de protección de datos personales y de acuerdo a lo señalado en el artículo 24, fracción XXIII de la Ley de Trasparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de Ciudad de México y al artículo 16 de la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados, así como en lo previsto por la Ley de Protección de Datos Personales en posesión de los Sujetos Obligados de la Ciudad de México.
Cualquier situación no prevista por este apartado de las presentes Reglas de Operación, será resuelta dentro del ámbito de su competencia por la Subsecretaría de Programas de Alcaldías y Reordenamiento de la Vía Pública.
Asimismo, no podrán ser personas facilitadoras de servicios, aquellas que pertenezcan a otro Programa Social del Gobierno de la Ciudad de México, ni aquellos trabajadores activos del servicio público.
PROCEDIMIENTOS DE INSTRUMENTACIÓN.
Terminado el registro de solicitantes y recepción de documentos, la Coordinación General de Participación Ciudadana a través de la Dirección de Enlace Institucional, evaluará los perfiles para seleccionar, en un primer filtro, a las personas que cubran con las mejores cualidades conforme a las características del programa social, teniendo en cuenta experiencia, resultados comprobables, conocimientos teóricos y empíricos o formación previa, conforme a lo siguiente:
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- La Secretaría de Gobierno a través de la Subsecretaría de Programas de Alcaldías y Reordenamiento de la Vía Pública, le informará a la persona solicitante, el día y hora asignados para que acuda sin excepción alguna con toda la documentación en original requerida para cotejo, para la integración del expediente y entrevista. En caso de faltar algún documento se le informará que no cumple con los requisitos y se cancelará la solicitud. Se dará una tolerancia de 20 minutos, de no acudir o llegar después del tiempo de tolerancia su solicitud será cancelada.
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- 2.Personal de la Subsecretaría de Programas de Alcaldías y Reordenamiento de la Vía Pública realizará una entrevista en profundidad, para conocer los intereses, oficios y habilidades del solicitante y determinar su compatibilidad con el proyecto de ocupación temporal.
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- Una vez obtenidos los resultados de selección la Subsecretaría de Programas de Alcaldías y Reordenamiento de la Vía Pública elaborará la propuesta del padrón de personas beneficiarias, la lista de espera y casos desfavorables; dicha propuesta se presenta a la Secretaría de Gobierno, para su validación, aprobación y publicación correspondiente, de acuerdo a la Ley del Derecho al Bienestar e Igualdad Social para la Ciudad de México.
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- Una vez integrado el padrón de personas beneficiarias, la Subsecretaría de Programas de Alcaldías y Reordenamiento de la Vía Pública informará a la persona beneficiaria el resultado, indicando fecha, hora y lugar de inicio del proyecto de ocupación temporal. Se cancelará y dará de baja del mismo a todo aquel que no se presente en el tiempo indicado al lugar donde sea asignado para realizar la ocupación temporal. El padrón de personas beneficiarias será público en un lugar visible de las oficinas de la Secretaría de Gobierno.
Una vez seleccionados a los participantes, se procederá a publicar el listado de personas beneficiarias del Programa “DEFENSORAS Y DEFENSORES DEL ESPACIO PÚBLICO 2025”, en la página de Internet de la Secretaría de Gobierno https://secgob.cdmx.gob.mx/, el
PROCEDIMIENTO DE QUEJA O INCONFORMIDAD CIUDADANA
Las personas que consideren que han sido vulnerados sus derechos en el acceso o ejecución del programa, podrán interponer una queja mediante escrito y/o vía telefónica ante las siguientes instancias.
La Subsecretaría de Programas de Alcaldías y Reordenamiento de la Vía Pública a través de su Coordinación Jurídica y Normativa, ubicada en Diagonal 20 de noviembre 294, Colonia Centro, Alcaldía Cuauhtémoc, C. P. 06800, Ciudad de México con un horario de atención de lunes a jueves de 09:00 a 17:00 horas, y viernes de 10:00 a 15:00 horas, en un término de 10 días hábiles contados a partir de la recepción del escrito de queja o incidencia, deberá emitir la respuesta correspondiente.
Las personas que consideren que han sido indebidamente excluidos del programa social podrán presentar una queja por incumplimiento de la garantía de acceso a los programas sociales ante la Procuraduría Social de la Ciudad de México o bien registrar su queja a través del Servicio Público de Localización telefónica, LOCATEL; quien deberá turnarse a la Procuraduría Social para su debida investigación. De la misma forma, podrán interponer una queja ante la Secretaría de la Contraloría de la Ciudad de México.
Mecanismos de exigibilidad.
Los requisitos, derechos, obligaciones, procedimientos y plazos para que las personas puedan acceder al disfrute de las personas beneficiarias del programa pueden consultarse en la página de la Secretaría de Gobierno https://secgob.cdmx.gob.mx/.
Los procedimientos para exigir a la autoridad responsable el cumplimiento del objeto de este programa social son los detallados en el apartado 11.1 de estas Reglas de Operación.
Los casos en los que se podrá exigir derechos por incumplimiento o por violación de estos podrán ser al menos en los siguientes casos:
- Cuando la persona solicitante cumpla con los requisitos y criterios de inclusión para acceder al Programa y exija a la autoridad administrativa ser derechohabiente de este.
- Cuando la persona beneficiaria del Programa exija a la autoridad que se cumpla con dicho derecho de manera integral en tiempo y forma como lo establece el Programa.
- Cuando no se pueda satisfacer toda la demanda de incorporación al Programa por restricción presupuestal, y éstas exijan que las incorporaciones sean claras, transparentes y equitativas, sin favoritismos, ni discriminación.
En términos de lo establecido en los puntos anteriores, las personas facilitadoras de servicios o beneficiarias de los programas sociales tendrán los siguientes derechos y obligaciones:
- Recibir una atención oportuna, de calidad, no discriminatoria y apegada al respeto, promoción, protección y garantía de sus derechos;
- Contar con información accesible, clara y oportuna sobre el programa social, sus requisitos, características, formas de acceso, modificaciones, conforme a lo previsto en la normativa correspondiente;
- Conocer, en un tiempo razonable, los resultados de la convocatoria del programa sociales;
- Participar, en el nivel territorial que corresponda, en la evaluación de las políticas;
- Interponer quejas, inconformidades, denuncias y/o sugerencias;
- Ser informados ante posible rechazo o baja de los programas sociales;
- Garantía de reserva y privacidad de la información personal que, en su caso, hayan proporcionado; y,
- Que su información sea eliminada de los archivos, bases de datos de datos de cada ente de la administración Pública de la Ciudad de México, y otros registros, una vez concluida la vigencia y objetivo del programa social.
La Secretaría de la Contraloría General de la Ciudad de México es el órgano competente para conocer las denuncias de violación o incumplimiento de los derechos en materia de desarrollo social.
Toda persona beneficiaria o solicitante puede ser sujeta de un procedimiento administrativo que le permita ejercer su derecho de audiencia y apelación, no sólo para el caso de suspensión o baja del programa, sino para toda aquella situación en que considere vulnerados sus derechos.
PARA MAYOR INFORMACIÓN
Las personas interesadas podrán solicitar información sobre el Programa Social “DEFENSORAS Y DEFENSORES DEL ESPACIO PÚBLICO 2025”, en las oficinas de la Subsecretaría de Programas de Alcaldías y Reordenamiento de la Vía Püblica, ubicadas en Calle Diagonal 20 de noviembre #294, 1er Piso, Colonia Obrera, Alcaldía Cuauhtémoc, 06800, Ciudad de México., en un horario de lunes a viernes de 9:00 a 15:00 horas.
Las Reglas de Operación del Programa Social “DEFENSORAS Y DEFENSORES DEL ESPACIO PÚBLICO 2025”, pueden ser consultadas en la siguiente dirección electrónica: https://secgob.cdmx.gob.mx/.